La ley de prevención de
riesgos laborales 31/95, modificada por ley 54/2003 BOE nº 269 de 10/11/1995, BOE nº 298
de 13/12/2003, y el R.D. 1215/97 del 18 de Julio,obliga al empresario a que garantice a
cada trabajador una formación teórica y práctica en materia preventiva y que reciban
una información adecuada sobre los riesgos derivados de la utilización de los equipos de
trabajo. Y establece que la
conducción de equipos de trabajo automotores estará reservada a los trabajadores que
hayan recibido una formación específica para la conducción segura de esos equipos de
trabajo y el conocimiento del material que ha de conducir y transportar en su
empresa. Solicitenos presupuesto sin compromiso para impartir dicho curso,
en su empresa, y sus manipuladores de carretillas elevadoras obtendrán el
certificado y carnet correspondiente .